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Funciones de la ATM Àrea de Lleida

Funciones

Las funciones que corresponden al Consorcio siempre referidas a su ámbito territorial de actuación son las siguientes:

  • a) Elaboración de propuestas para la planificación de los servicios de transporte público y el establecimiento de programas de explotación coordinada para todos los operadores públicos o privados que los presten.
  • b) Elaboración de propuestas para la planificación de las infraestructuras de transporte público.
  • c) Elaboración, tramitación y avaluación de los planes directores de movilidad.
  • d) Emisión de informes respecto a los planes de movilidad urbana, de los planes de servicios y de los estudios de evaluación de la movilidad generada.
  • e) La política de tarifas de los servicios de transporte público adheridos, que comporta la definición del proyecto de nuevo modelo de sistema de tarifas común, de su proyecto de implantación y de sus fases de desarrollo, en su caso.
  • f) Análisis y estudio de la evolución del mercado global de la movilidad con especial atención al seguimiento de la evolución de los desplazamientos en transporte público y en transporte privado.
  • g) Diseño de la política de financiación para subvenir el déficit de los servicios y los gastos de funcionamiento de la estructura de gestión.
  • h) Creación de una imagen corporativa del sistema de transporte público colectivo y del mismo Consorcio con total respeto y compatibilidad con las propias de los titulares y de los operadores.
  • i) Realización de campañas de comunicación con el objetivo de promover la utilización del sistema de transporte público entre la población.
  • j) El fomento de la cultura de la movilidad sostenible entre los ciudadanos.
  • k) Elaboración de propuestas de mejoramiento de la seguridad en el transporte.
  • l) Elaboración de propuestas de coordinación con los operadores ferroviarios relativas a la integración de los servicios ferroviarios en el sistema de transporte público colectivo.
  • m) Establecimiento de relaciones con otras administraciones para el mejor cumplimiento de las funciones atribuidas al Consorcio de conformidad con estos Estatutos.
  • n) Aplicación y financiación de medidas para el uso racional del vehículo privado.
  • o) Elaboración y financiación de propuestas para el uso racional de las vías y del espacio público, en aspectos como el aparcamiento, las áreas de peatones o la implantación de carriles reservados para el transporte público o las bicicletas.

Sin perjuicio de lo que dispone el apartado anterior de este artículo, las administraciones consorciadas pueden acordar que el Consorcio asuma funciones en otras materias complementarias de las enunciadas anteriormente.


 
Pl. Espanya, 3 entresòl
25002 Lleida
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